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RESOLUCIONES EMERGENCIA 2020-001

RESOLUCIÓN ESTADO DE EMERGENCIA No. 001- GADPRSVP-2020

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE SAN VICENTE DE PUSIR RESUELVE:

Art 1.  ACOGERSE.- al Decreto Presidencial No. 1017, del Presidente Constitucional de la República, suscrito el 16 de marzo de 2020, en el que declaró estado de excepción por calamidad Pública en todo el territorio nacional, por los casos de coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud. De igual forma el Acuerdo Ministerial No. 00126-2020 donde la Ministra de Salud Pública declara el Estado de Emergencia Sanitaria en el Ecuador y, a la Declaratoria de Emergencia del COE Nacional, producto del brote del coronavirus (COVID-19).

Art 2. DECLARAR.- en emergencia a la Parroquia Rural San Vicente de Pusir producto del brote del coronavirus (COVID-19), y destinar los bienes que constituyen patrimonio del gobierno parroquial, para atender la emergencia en favor de las familias y personas que se encuentran comprendidas dentro del grupo de atención prioritaria.

Art 3. DISPONER.- a la señor Secretaria – Tesorera de la Institución, seguir los procedimientos que demanda· la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento y las Resoluciones emitidas por el SERCOP, para la adquisición de bienes y/o servicios necesarios para prevenir, controlar y/o atender situaciones y casos de emergencia producto del brote del coronavirus (COVID-19).

Art. 4. DISPONER.- a la señor Secretaria – Tesorera de la Institución realice los traspasos de crédito necesarios dentro del programa 7 de GRUPOS VULNERABLES de la partida 78.01.02.7 denominada A entidades Descentralizadas y Autónomas (Transferencias para Inversión) sin sobrepasar el monte de $8,000.00 dólares americanos y traspasar a la partida 73.08.21.7 denominada Egresos para Situaciones de Emergencia.

Art 5.  AUTORIZAR.- la contratación y adquisición directa de bienes y servicios que sean – necesarios para la elaboración y ejecución de un plan de fumigación dentro de los límites territoriales de nuestra parroquia San Vicente de Pusir mientras dure el estado de excepción decretado por el Gobierno Nacional con el fin de mitigar el COVID-19,en particular en zonas de afluencia masiva como parques y otras que se consideren necesarios a favor de las y los ciudadanos de la circunscripción parroquial rural, y en especial de las personas que se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria.

Art 6. COORDINAR.- acciones de cooperación con la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, servicios de auxilio y emergencias, sub centros de salud, centros educativos, entre otras instituciones públicas y privadas para atender la emergencia dentro de la parroquia. De ser necesario se suscribirán convenios de cooperación y/o colaboración interinstitucional, al amparo del artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador.

Art 7.  AUTORIZAR.-  de ser el caso al Sr. Luis Espinoza Presidente del GADPRSVP suscriba convenios de cooperación y/o colaboración interinstitucional, al amparo del artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, los cuales sean enfocados a atender la emergencia sanitaria y estado de excepción dentro de la parroquia.

Art 8.  VIGENCIA.- Esta Resolución tendrá un plazo de vigencia hasta que se levante la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria; sin perjuicio a quedar sin efecto legal en cualquier momento, por decisión del presidente o presidenta.

 

Dado y firmado en las instalaciones del GAD Parroquial Rural de San Vicente de Pusir el día 03 de abril del 2020.

 

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